LICENCIA POR MATERNIDAD

Se considera Licencia al tiempo de no prestación de servicios por las causas que la Ordenanza y el Convenio Colectivo de Trabajo establezcan, con goce íntegro de haberes.

¿En qué consiste?

Consiste en otorgar la Licencia por Maternidad al personal municipal gestante.

¿A quién le corresponde?

A la trabajadora municipal gestante.

¿Quién lo puede solicitar?

El trámite puede ser iniciado por el beneficiario directo o un tercero, a través de sistema GDE.

Documentación a aportar

Requiere formulario:

  • Licencia personal: Cuando la licencia es para sí mismo deberá confeccionar el “Formulario de Solicitud de Licencia – FSOLI”, pedido de “Licencia por Maternidad” en Módulo LUE de sistema GDE.
  • Licencia para un tercero: Cuando la licencia es para otra persona deberá confeccionar el “Formulario de Solicitud de Licencia – FSOLI”, pedido de “Licencia por Maternidad» en Módulo GEDO de sistema GDE. Para este caso deberá adjuntar nota firmada por el trabajador solicitante de la licencia.
  • En ambos casos deberá adjuntar el Certificado Médico donde conste la Fecha Probable de Parto (FPP)

Guía de Pasos

1 Ir a GDE.OLAVARRIA

2 Loguearse con su clave personal.

3 Confeccionar el “Formulario de Solicitud de Licencia-FSOLI”¹ en Módulo LUE o Módulo GEDO de sistema GDE, según corresponda.

4 Firmar el documento y enviarlo a firmar por el superior inmediato del trabajador y el Secretario del área que depende.

5 Enviar a la Dirección de Personal y Recursos Humanos a través de sistema GDE.

6 Aguardar la aprobación o denegación de su solicitud.

7  Una vez ocurrido el parto, se deberá presentar el Certificado de nacimiento y la documentación del recién nacido(DENTRO DEL PRIMER MES) en la Dirección de Personal y Recursos Humanos, como Documento Electrónico² a través del Sistema GDE.

¹ Ver Guía para la Solicitud de Licencias en GDE.

² Ver Guía para la Carga de documentos digitalizados en GDE.

En caso de no funcionar correctamente el GDE o en casos especiales utilizar el formulario 03 – Pedido de licencia

  • Nombre de la dependencia responsable: Dirección de Personal y Recursos Humanos.
  • Marco Legal: Artículo Nro. 92 de la Ley 14656.
  • Plazo del proceso o de la resolución en días hábiles: La gestión es inmediata.
  • Cantidad total en días: 110 días corridos (30 previo a fecha probable de parto y 80 posteriores). En caso de embarazo múltiple corresponden 30 días corridos por hijo por nacer.
  • ¿Cuándo debe solicitarse? La licencia debe tramitarse entre las semanas 30 y 32.
  • ¿Puede modificarse? Si. ¿Cómo? La licencia previa al embarazo puede reducirse a 15 días y éstos serán compensados en el período posterior.

Medio de Gestión: Virtual

Rivadavia 2800
Lunes a viernes de 7 a 13hs.
440442 INT. 1651
personal@olavarria.gov.ar