La Dirección de Bromatología informa acerca de la prohibición, dispuesta por ANMAT, de la comercialización y consumo de maíz inflado de “Las dos hermanas”.

En el Boletín Oficial N° 33.746 del organismo, publicado el 7 de noviembre, se determina la prohibición en todo el país de la comercialización del producto “Las dos hermanas, producto natural, sin agregados ni conservantes, ingredientes: Maíz inflado y azúcar, calidad premium”, RNPA N° 04018654, RNE N° 0400179 Las Dos Hermanas SRL, Conde 888, San Miguel, provincia de Buenos Aires. Así como también se prohíbe la comercialización y consumo de todo alimento del RNE citado, por consignar un número de registro o código de identificación del establecimiento elaborador y del producto inexistente y por emplear denominación de calidad (producto natural), no establecida para el producto en cuestión.