El Gobierno Municipal del Partido de Olavarría informa que el Juzgado de Faltas, a cargo de la Dra. María Celia Alem, determinó multas económicas y la clausura temporaria de un boliche por el término de diez días, al contarse una serie de irregularidades relacionadas a la seguridad y pautas de convivencia ciudadana, en el marco de la legislación actual.
El operativo se realizó días atrás y estuvo a cargo de personal de la Dirección de Acción y Control Urbano, y se llevó a cabo en un local nocturno del rubro «Bar, restaurante y Confitería Bailable», sito en calle Belgrano 2825.
El Juzgado de Faltas a cargo de la Dra María Celia Alem ha dispuesto la clausura del local bailable ubicado en calle Belgrano 2825 por las siguientes razones: se constató en todos los procedimientos efectuados la presencia de menores, la presencia de personas fumando en espacios cerrados y se ha constatado una puerta de salida de emergencia cerrada y trabada.
Asimismo, se ha constatado el incumplimiento del límite máximo de personas permitido (factor ocupacional) en el acto administrativo de habilitación.
El local bailable ha violado dichas disposiciones en diferentes oportunidades, siendo asimismo reincidente, en tanto ha sido multado en reiteradas oportunidades por estas infracciones, habiendo recaído asimismo una sanción accesoria de clausura.
En este sentido se dispuso, por razones de seguridad, la clausura de local bailable por el plazo de 10 días y una sanción de multa de $ 141.090,40.
También han sido motivo de sentencia los expedientes en trámite por ante el Juzgado de Faltas, por actas labradas en el salón ubicado en calle Maipú 2848, el local ubicado en calle Necochea 2645 y el local ubicado en calle San Martín 2882.
Respecto al salón ubicado en calle Maipú 2848, se ha superado el factor de ocupación permitido. En tal sentido, se dispuso una sanción de multa por $ 72.339,40 bajo apercibimiento de clausura y de proceder a revocar el acto administrativo de habilitación.
Respecto al local ubicado en calle San Martín 2882, se ha violado en exceso el factor de ocupación permitido. Se dispuso una sanción de $ 36.169,70 y se intimó a que se de cumplimento con el factor de ocupación establecido, bajo apercibimiento de clausura y de proceder a revocar el acto administrativo de habilitación.
Respecto al local ubicado en calle Necochea 2645, se constató exceso ocupacional. Se ha dictaminado la sanción por la suma de $ 36.169,70 y se intimó a que se de cumplimento con el factor de ocupación establecido, bajo apercibimiento de clausura y de proceder a revocar el acto administrativo de habilitación.