La Municipalidad del Partido de Olavarría, a través de la Dirección de Habilitaciones informó sobre los requisitos para la habilitación comercial para la venta de pirotecnia de acuerdo a la legislación vigente.
Según el Decreto N° 2995/14 con fecha del 15 de diciembre del 2014, todo local donde se pretenda exhibir y/o comercializar artificios pirotécnicos (A-11 y B-3) deberá presentar al momento de solicitar la correspondiente Habilitación Municipal, específicamente el asesoramiento técnico de seguridad siniestral, extendido por la Delegación de Explosivos de la Ciudad de Azul.
En virtud de ello, desde el Municipio se comunicó que queda terminantemente prohibida la comercialización de pirotecnia sin contar con la habilitación municipal correspondiente, la cual deberá ser tramitada con una antelación de quince (15) días a los efectos de dar curso de las actuaciones a las diferentes áreas de competencia. Además se deberá acreditar lugar de procedencia y homologación de la pirotecnia.