El Municipio busca proteger e incrementar el arbolado público urbano y de parques y paseos, implementando las medidas necesarias para promover el aumento de la superficie arbolada.
En el marco de la Ordenanza Municipal Nº 3378/10 se entiende por arbolado público urbano a las especies arbóreas que conforman arbolado de alineación y de los espacios verdes públicos o semipúblicos que pertenecen al Partido de Olavarría.
A partir de dicha legislación, se ha creado en el ámbito funcional del Departamento Ejecutivo Municipal, la Dirección Municipal de Recursos Naturales Renovables, con el poder de policía para atender todos los aspectos relacionados al control en cuanto a extracción, tala, poda indebida y actos de vandalismo sobre ejemplares del arbolado público.
Desde el Juzgado de Faltas se informó que queda prohibido que toda persona física o jurídica, pública o privada, efectuar cualquier tipo de intervención sobre el arbolado público urbano, así como plantar árboles en el espacio público sin previa autorización o asesoramiento técnico de la Dirección Municipal de Recursos Naturales Renovables del Municipio a realizar por sí o a través de terceros.
Asimismo, a los efectos de proteger y preservar el arbolado público de la ciudad y localidades, queda expresamente prohibido: dañarlos en forma total o parcial o plantar otras especies vegetales en competencia con los seleccionados.
Previamente a cada intervención en al arbolado público la Dirección Municipal de Recursos Naturales Renovables deberá realizar una evaluación técnica de los ejemplares a afectar y consignar tratamiento procedimiento adecuado para la resolución de la misma.
La titular del Juzgado de Faltas Dra. María Celia Alem explicó que quien pode, tale, elimine, erradique y/o destruya árboles o especies vegetales plantados en la vía pública o en espacios verdes públicos será sancionado con multas que van desde $3.616,97 y $37.978,19.
Por último aclaró que cuando la falta sea cometida en perjuicio de área protegida, reserva ecológica, zona declarada bajo alarma o emergencia ambiental, los montos mínimos y máximos de la sanción prevista se elevarán al doble.
Cronograma de recolección de poda
Este lunes 15 de mayo se iniciará el cronograma de poda vecinal a cargo de la empresa encargada del servicio de recolección Transportes Malvinas. Se extenderá hasta el 16 de septiembre.
La recolección de la poda resulta de suma importancia, ya que la obstrucción sin permiso en calles o veredas, con materiales, escombros y otros elementos puede llegar a tener una multa de medio a diez salarios mínimos.
Según indicó la Dra. María Celia Alem se evalúa cada caso concreto bajo los aspectos de con qué fue obstruida la vía pública, cuánto tiempo se prolonga la obstrucción y demás elementos pertinentes.
La recolección de la poda, se desarrollará conforme al siguiente esquema:
- SECTOR 1: Avenida Urquiza, Brown, Del Maestro y Ruta 226 – Lunes y jueves.
- SECTOR 2: Las Orquídeas, Urquiza, Del Maestro y Ruta 226 – Martes y viernes.
- SECTOR 3: Riobamba, Márquez, Del Maestro y Juan XXIII – Miércoles y sábados.
La recolección se realizará por pedido, debiendo dar aviso a la empresa previamente a disponer la poda en la vía pública. Se recuerda a los vecinos respetar los días de recolección correspondiente a su sector. El horario de recolección es de lunes a viernes de 13 a 19 horas y sábados de 7 a 13 horas.
Para comunicarse, se puede realizar en forma telefónica al centro de atención 430373 o a la línea gratuita 0800-222-1294.