Desde el Juzgado de Faltas, a cargo de la Dra. María Celia Alem, se informó que mas allá de la Ley Provincial Nº 12.276, la cual regula el arbolado público, y prohíbe la extracción, poda, tala y daños ejemplares del arbolado público, se encuentra vigente Ordenanza Municipal Nº 3378/10.
La norma local tiene por finalidad proteger e incrementar el arbolado público lineal urbano y de parques y paseos, implementando las medidas técnicas y administrativas, así como también promover el incremento de la superficie arbolada.
A tal fin, se entiende por arbolado público urbano a las especies arbóreas que conforman arbolado de alineación y de los espacios verdes públicos o semipúblicos que pertenecen al Partido de Olavarría.
A partir de esta ordenanza, en el ámbito municipal se creó el área de Arbolado Urbano y Planificación del Paisaje –dependiente de la Secretaría de Mantenimiento y Obras Públicas- que atiende todos los aspectos relacionados al control de lo estipulado en la presente ordenanza, en referencia a extracción, talas, podas indebidas, actos de vandalismo sobre ejemplares de arbolado público.
Desde el Juzgado de Faltas se comunicó que queda prohibido efectuar cualquier tipo de intervención sobre el arbolado público urbano, así como plantar árboles en el espacio público sin previa autorización u asesoramiento técnico, siendo esta competencia exclusiva del área de Arbolado Urbano y Planificación del Paisaje.
Asimismo, a los efectos de proteger y preservar el arbolado público de la ciudad y localidades, queda expresamente prohibido: dañarlos en forma total o parcial y plantar otras especies vegetales en competencia las ya seleccionadas.
Previo a cada intervención en al arbolado público, desde el área municipal citada se deberá realizar una evaluación técnica de los ejemplares a afectar y consignar tratamiento procedimiento adecuado para la resolución de la misma
Por lo tanto, quien pode, tale, elimine, erradique y/o destruya árboles o especies vegetales plantadas en la vía pública o en espacios verdes públicos, librados a la confianza pública, será sancionado con importantes multas económicas.
Cuando la falta sea cometida en perjuicio de área protegida, reserva ecológica, zona declarada bajo alarma o emergencia ambiental, los montos mínimos y máximos de la sanción prevista se elevarán al doble.
Tipos de poda
Desde el área de Arbolado Urbano y Planificación del Paisaje, se indicó que existen tres tipos de poda:
- Poda de seguridad: el carácter público del arbolado hace que por el mismo se deba responder ante situaciones que estos produzcan, afectando a bienes y personas, por lo tanto deben eliminarse las ramas muertas o deterioradas y las que, teniendo uniones demasiado débiles, presentan mayores riesgos.
- Poda de mantenimiento: podas de ramas muertas, eliminación de renuevos y supresión de ramas estructurales mal dispuestas.
- Poda estética: conducción de copas a formas artificiales. Topiarios. Se da mucho en árboles de hoja perenne.
Cronograma de recolección
En este sentido, desde la empresa Transporte Malvinas se informó que esta semana se inició el cronograma de recolección de poda vecinal en diferentes sectores de la ciudad, que se extenderá hasta el día 14 de septiembre.
La recolección se desarrollará de acuerdo al siguiente esquema:
- Lunes y jueves
SECTOR 1: Avenida Urquiza, Brown, Del Maestro y Ruta 226
- Martes y viernes
SECTOR 2: Las Orquídeas, Urquiza, Del Maestro y Ruta 226
- Miércoles y sábados
SECTOR 3: Riobamba, Márquez, Del Maestro y Juan XXIII
La recolección se realizará por pedido, debiendo dar aviso a la empresa previamente a disponer la poda en la vía pública. Se recuerda a los vecinos respetar los días de recolección correspondiente a su sector. El horario de recolección es de lunes a viernes de 13:00 a 19:00 horas y sábados de 07:00 a 13:00 horas.
Para comunicarse, se puede realizar en forma telefónica al centro de atención 430373 o a la línea gratuita 0800-222-1294.