En el día de la fecha fue notificada la clausura a un restó bar de la ciudad por violación a la Ordenanza 3978/16 –que regula los ruidos molestos– y por haber excedido el factor de ocupación para el cual fue habilitado.
Además, el Juzgado de Faltas a cargo de la Dra. María Celia Alem, dispuso (tras haber ejercido el derecho de defensa el titular del establecimiento) una sentencia condenatoria de sanción de multa por la suma de $33.983,33 y la clausura temporaria será por 7 días.
Se trata de un resto bar ubicado en 25 de Mayo 2744 y las actas de constatación fueron efectuadas días atrás, mientras se desarrollaba una fiesta electrónica en el establecimiento, por personal de la dirección de Acción y Control Urbano.
Fue así que se midieron decibeles a las 2 A.M, arrojando un número de 97.2 db en el interior y 86.9 db en el exterior, más la presencia de 160 personas en el lugar.
Más tarde –y por nuevos llamados al Centro de Monitoreo– a las 4 A.M volvió a hacerse presente personal de Control Urbano constatando 102.2 db en el interior y 88.9 db en el exterior, nuevamente con la presencia de la misma cantidad de personas en el restó bar.
Es entonces que surge del acto administrativo de habilitación que “según lo dispuesto por la Dirección de Bomberos, deberá exhibir y respetar el factor de ocupación, siendo el mismo de setenta (70) personas”, habiendo claramente excedido en más del doble el factor de ocupación para el que fue habilitado.