El Departamento Ejecutivo firmó el Decreto Nº 3826, por el cual se otorgan importantes beneficios para el pago de deudas por las tasas de Servicios Generales Urbanos y Suburbanos, Tasa de Servicios Asistenciales, Derecho de Cementerio y al Impuesto Automotor descentralizado, vencidas hasta el 31 de agosto de 2019.
Cabe destacar que si bien existen vigentes en el municipio facilidades de pago con quita de intereses, se amplió a 24 el número de cuotas y se incrementó la quita en la reducción de los intereses para los tributos mencionados anteriormente.
Estos beneficios estarán vigentes hasta el 31 de diciembre del corriente año y se establecen las siguientes facilidades de pagos y tasas de recargos:
- a) En caso de que el contribuyente cancele la deuda en un pago único se aplicará una quita del 90 % de la tasa de intereses mensual.
- b) En caso de que el contribuyente cancele la deuda en dos cuotas, se aplicará una quita del 80 % de la tasa de intereses mensual.
- c) En caso de que el contribuyente cancele la deuda en planes de tres a ocho cuotas, se aplicará una quita del 70 % de la tasa de intereses mensual.
- d) En caso de que el contribuyente cancele la deuda en planes de nueve a doce cuotas, se aplicará una quita del 60 % de la tasa de intereses mensual.
- e) En caso de que el contribuyente cancele la deuda en planes de trece a veinticuatro cuotas, se aplicará una quita del 50 % de la tasa de intereses mensual.
De esta forma, los contribuyentes interesados que deseen regularizar sus deudas podrán acercarse a la Dirección de Rentas para poder formalizar los planes, consultar la deuda y las opciones de pago.