Desde la Dirección de Bromatología e Inspección Sanitaria se recuerda a las distribuidoras, comercios mayoristas y minoristas de productos alimenticios que se encuentra vigente la Ordenanza N° 4192/17.
La misma establece que los transportes de sustancias alimenticias que ingresan al Partido de Olavarría, deben someterse obligatoriamente a la Inspección Técnico Sanitaria.
Este control se realiza en la cabina de Control Técnico Sanitario ubicada en el predio de la Dirección de Bromatología, Av. Urquiza N° 5493, los días lunes a viernes de 05:00 a 13:30 y sábados de 07:00 a 12:00 horas.
El comerciante que descargue la mercadería, además, tendrá la obligación de solicitarle al transportista la documentación otorgada por el personal de Cabina Sanitaria, documentación que será sujeta a inspección por parte de los inspectores de la Dirección de Bromatología. En caso de no poseerla, el comerciante será plausible de sanciones
Durante el año 2021, en promedio se fiscalizaron un total de 550 transportes por mes.
Estas acciones se encuadran dentro de las normas municipales en materia sanitaria y técnica, así como también por la Ley Nacional 18.284 (Código Alimentario Argentino).