En un trabajo en conjunto entre la Subsecretaría de Modernización -dependiente de la Secretaría de Desarrollo Económico- y la Dirección de Habilitaciones, a partir de este jueves 23 de abril se podrán habilitar comercios que estén autorizados en el Decreto 297/20 y/o los rubros incorporados por las decisiones administrativas emitidas por el poder ejecutivo Nacional. Siempre, dando cumplimiento a la normativa nacional, provincial y municipal dictadas en su consecuencia.
Se podrán enviar consultas ingresando a: HABILITACIÓN ACTIVIDADES ESENCIALES o desde el botón que se encuentra en la página www.olavarria.gov.ar
Desde la oficina de Habilitaciones, se contactarán por mail o telefónicamente para brindar asesoramiento respecto a la consulta formulada sobre: rubro a habilitar, requisitos y documentación necesaria para poder habilitar su comercio. Se recuerda que el mismo deberá estar incluido en la nómina de rubros autorizados por el Decreto Nacional 297/20. De las decisiones administrativas emitidas por el Poder Ejecutivo Nacional que van incorporando al listado otros rubros en función a la dinámica de la situación epidemiológica y de la eficacia que se observe en el cumplimiento del Decreto 297/20, como así también cumplimentar con las demás normas (nacionales, provinciales y municipales) dictadas en su consecuencia. Ante cualquier inquietud comunicarse al mail hae@olavarria.gov.ar