El Juzgado de Faltas, a cargo de la Dra. María Celia Alem, determinó multar a un conductor por ocultar la chapa de dominio de su vehículo.
Al respecto, el Artículo N° 40 de la Ley 24.449, entre los requisitos para circular establece que es indispensable que “el vehículo, incluyendo acoplados y semirremolques tenga colocadas las placas de identificación de dominio, con las características y en los lugares que establece la reglamentación. Las mismas deben ser legibles de tipos normalizados y sin aditamentos”.
En este sentido, los conductores que presenten algún ‘obstáculo’ para visualizar su patente, deberán atenerse al pago de los valores máximos previstos por la Ley, entendiendo que tal hecho constituye una falta.
La multa económica es de 8.034 pesos tras sentenciar al conductor de un vehículo que circulaba con las placas de dominio cubiertas y las luces apagadas.
El ocultamiento de placas identificatorias vehiculares es considerado por la Ley Nacional de Tránsito como una falta grave.