Este viernes por la mañana el intendente Ezequiel Galli mantuvo una reunión con integrantes de la Asociación de Ingenieros Agrónomos y firmaron un protocolo de trabajo conjunto en zonas de amortiguamiento del área urbana para la aplicación de agroquímicos.

Del encuentro, que tuvo lugar en Sala de Reuniones, participaron –además– el secretario de Desarrollo Económico Julio Valetutto, la directora de Desarrollo Sustentable Emilia Díaz, el director de Desarrollo Agropecuario Juan Manuel Dolagaray, junto a la profesional del área Verónica Porello.

Lo relevante y vanguardista (Olavarría es de los primeros municipios en la provincia de dar este primer paso interinstitucional) de la puesta en marcha de este protocolo de trabajo conjunto, permitirá obtener información referida al sector y al uso de agroquímicos para dar respuesta inmediata y tener control sobre las acciones que se realicen.

En lo referido al protocolo en sí, es destacable que el mismo involucra acciones respecto de diferentes ítems de la Ordenanza Nº3651/14 de “Buenas prácticas ambientales en el uso de agroquímicos para la producción extensiva en el Partido de Olavarría”.

En cuanto al registro, las empresas de aplicación de agroquímicos que presten servicio en Olavarría deberán presentar el certificado anual de inscripción vigente (expedido por la Dirección de Fiscalización Vegetal del Ministerio de Agroindustria de la provincia de Bs. As). A partir de allí se confeccionará, en la Dirección Agropecuaria del Municipio, una base de datos de profesionales matriculados y habilitados.

Para poder llevar adelante una aplicación en las “zonas de amortiguamiento” establecidas en la ordenanza se deberán cumplir los siguientes pasos:

(a) Para la aplicación de los productos fitosanitarios se deberá contar con la receta agronómica correspondiente, prescripta por profesional matriculado, donde deberá constar: identificación del productor, identificación del profesional interviniente, aplicador y número de matrícula profesional, datos de los productos (principio activo y marca comercial), lugar de aplicación (con coordenadas del lote), tipo de formulación utilizada y concentración de la misma, destino de la aplicación, tipo de aplicación y recomendaciones para la misma.

(b) El profesional responsable que extiende y firma la receta agronómica, deberá informar de la intención de realización de la aplicación con un mínimo de 48 horas hábiles de anticipación ante la Dirección Agropecuaria del Municipio, presentando copia de la receta agronómica emitida a tal fin. Esta información quedará asentada en un formulario (las vías de comunicación son a través del correo electrónico desarrolloagropecuario@olavarria.gov.ar y los teléfonos 02284 – 460599 / 15332368).

(c) Una vez finalizada la aplicación el profesional responsable deberá entregar, dentro de las 48 horas hábiles posteriores, copia del acta de aplicación emitida por la empresa que lo aplicase para culminar con la gestión.

(d) El Municipio, estando en conocimiento de la intención de aplicación, podrá auditar la realización a cargo de un profesional matriculado habilitado para tal fin.

(e) Se conformará una Comisión compuesta por un representante técnico de la Municipalidad (de la Secretaría de Desarrollo Económico) y dos miembros matriculados de la AIAO, la cual definirá su dinámica de funcionamiento y tendrá como función emitir un informe ante situaciones que puedan llevar a conflicto generada por la interpretación de la normativa vigente y actuar en consecuencia de la manera más pertinente en función del resguardo de la salud pública y del cumplimiento pleno de las buenas prácticas en el uso de agroquímicos establecidos en la Ordenanza, como paso previo a derivar la situación bajo análisis, al Juzgado de Faltas Municipal. La convocatoria a la Comisión será a requerimiento de la Municipalidad y/o AIAO.

(f) El Municipio informará modificaciones con respecto a la zonificación vigente.