A partir de una resolución del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires referida a los protocolos, pautas y recomendaciones para todo tipo de transporte, el artículo Nº5 aprueba las recomendaciones para la prestación y utilización de los servicios de taxis y remises.
Desde el Municipio se informa que funcionarán en el horario de 7 a 17 horas (al igual que el transporte público) y luego de las 17 horas sólo para personal de salud, seguridad y canteras (además del delivery de comida nocturno).
Es en este marco que, se indica que “el transporte de pasajeros y cargas se encuentra declarado como servicio esencial. Estos servicios deben prestarse adoptando todas las medidas preventivas para evitar el contagio del CORONAVIRUS- COVID 19 durante la realización de los mismos”.
Para que estos servicios esenciales (transporte de pasajeros y cargas) se puedan realizar correctamente, es necesario garantizar la libre circulación entre las diferentes localidades de la Provincia de Buenos Aires.
Asimismo, las personas exceptuadas que deban circular deberán hacerlo con su documentación personal y el permiso de circulación correspondiente. Conforme lo establecido en el artículo 5° del Decreto N° 255/2020 todas las personas que permanezcan o circulen en transporte público de pasajeros o transporte privado -cuando haya dos o más personas- deberán utilizar obligatoriamente elementos de protección que cubran nariz y boca.
Las recomendaciones son:
Establecer el uso obligatorio de elementos de protección que cubran nariz y boca. Los pasajeros deberán trasladarse con alcohol en gel o soluciones a base de alcohol portándolo de manera visible, y colocárselo en las manos antes de subir a la unidad y al descender de la misma. Se permitirá el ingreso de los pasajeros sólo con estos elementos.
Los choferes deberán ser seleccionados dentro de los parámetros de las personas que corren menos riesgo (personal menor de 60 años y sin enfermedades crónicas de riesgo, conforme lo determina el Ministerio de Salud).
Antes de tomar servicio, se deberá controlar la temperatura de los conductores y si presenta fiebre o algún síntoma de la enfermedad (conforme lo determina el Ministerio de Salud), no deberá tomar servicio y deberá seguirse el protocolo para personal enfermo.
Los conductores deberán emplear todas las medidas de seguridad como tener alcohol en gel, guantes y demás elementos recomendados por el Ministerio de Salud.
No se permitirá más de un pasajero por viaje. El pasajero deberá viajar atrás en diagonal al conductor, y en casos que sea de estricta necesidad, se permitirá el traslado de dos personas como máximo, manteniendo el distanciamiento preventivo, no inferior a un metro.
Los pasajeros deberán llevar su documentación personal y el permiso de circulación en óptimas condiciones y al alcance de la mano e higienizados para ser exhibidos con rapidez.
Viaje: El vehículo deberá circular con ventanillas abiertas y, de no ser posible, con el equipo de aire acondicionado en formato ventilación.
Desinfección del vehículo al finalizar cada viaje mediante un pulverizador rociador con una solución desinfectante a base de alcohol, lavandina u amoniaco u otro desinfectante aprobado según indicaciones del Ministerio de Salud, prestando especial atención a los pasamanos y todos los elementos que utilizan habitualmente para sujetarse los pasajeros.