A raíz de las desfavorables condiciones climáticas se recuerda que en el marco de la normativa municipal se encuentra prohibida la circulación por caminos rurales.
Concretamente en la Ordenanza Municipal Nº 3684/14 se establece la prohibición de circular por caminos rurales a todo tipo de vehículo público o privado, después de cada lluvia y hasta que los mismos se encuentren suficientemente aireados para que su utilización no perjudique el estado de dichos caminos.
Resulta agravante que se transite utilizando neumáticos de gran porte y profundidad, como el caso de tractores, ruedas especiales para barro, tacos y otros, que será contemplado al momento de determinar una sanción.
Se aclara que se encuentra exceptuados de la prohibición, el transporte de producción láctea, el transporte escolar, ambulancias, servicios de atención de emergencias de las redes de tendido eléctrico y el tránsito de vehículos particulares en los casos que por razones de urgencia o necesidad sea indispensable.
Por otra parte, en el marco de la Ley Nacional de Tránsito Nº 24.449 se encuentra prohibida la circulación de camiones, aún con la calzada seca, con exceso en el tonelaje permitido.
El objetivo de estas disposiciones es preservar y cuidar el estado de los caminos rurales, que demandan una importante inversión en mantenimiento y conservación por parte de la Municipalidad del Partido de Olavarría.