LICENCIA POR MATERNIDAD
Se considera Licencia al tiempo de no prestación de servicios por las causas que la Ordenanza y el Convenio Colectivo de Trabajo establezcan, con goce íntegro de haberes.
¿En qué consiste?
Consiste en otorgar la Licencia por Maternidad al personal municipal gestante.
¿A quién le corresponde?
A la trabajadora municipal gestante.
¿Quién lo puede solicitar?
El trámite puede ser iniciado por el beneficiario directo o un tercero, a través de sistema GDE.
Documentación a aportar
Requiere formulario:
- Licencia personal: Cuando la licencia es para sí mismo deberá confeccionar el “Formulario de Solicitud de Licencia – FSOLI”, pedido de “Licencia por Maternidad” en Módulo LUE de sistema GDE.
- Licencia para un tercero: Cuando la licencia es para otra persona deberá confeccionar el “Formulario de Solicitud de Licencia – FSOLI”, pedido de “Licencia por Maternidad» en Módulo GEDO de sistema GDE. Para este caso deberá adjuntar nota firmada por el trabajador solicitante de la licencia.
- En ambos casos deberá adjuntar el Certificado Médico donde conste la Fecha Probable de Parto (FPP)
Guía de Pasos
1 Ir a GDE.OLAVARRIA
2 Loguearse con su clave personal.
3 Confeccionar el “Formulario de Solicitud de Licencia-FSOLI”¹ en Módulo LUE o Módulo GEDO de sistema GDE, según corresponda.
4 Firmar el documento y enviarlo a firmar por el superior inmediato del trabajador y el Secretario del área que depende.
5 Enviar a la Dirección de Personal y Recursos Humanos a través de sistema GDE.
6 Aguardar la aprobación o denegación de su solicitud.
7 Una vez ocurrido el parto, se deberá presentar el Certificado de nacimiento y la documentación del recién nacido(DENTRO DEL PRIMER MES) en la Dirección de Personal y Recursos Humanos, como Documento Electrónico² a través del Sistema GDE.
¹ Ver Guía para la Solicitud de Licencias en GDE.
² Ver Guía para la Carga de documentos digitalizados en GDE.
En caso de no funcionar correctamente el GDE o en casos especiales utilizar el formulario 03 – Pedido de licencia
- Nombre de la dependencia responsable: Dirección de Personal y Recursos Humanos.
- Marco Legal: Artículo Nro. 92 de la Ley 14656.
- Plazo del proceso o de la resolución en días hábiles: La gestión es inmediata.
- Cantidad total en días: 110 días corridos (30 previo a fecha probable de parto y 80 posteriores). En caso de embarazo múltiple corresponden 30 días corridos por hijo por nacer.
- ¿Cuándo debe solicitarse? La licencia debe tramitarse entre las semanas 30 y 32.
- ¿Puede modificarse? Si. ¿Cómo? La licencia previa al embarazo puede reducirse a 15 días y éstos serán compensados en el período posterior.
Medio de Gestión: Virtual
Rivadavia 2800
Lunes a viernes de 7 a 13hs.
440442 INT. 1651
personal@olavarria.gov.ar